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Reintegro Pago Proveedores para Instituciones
- Importante: A partir del 10 de mayo del 2024, los proveedores deberán gestionar el reintegro del pago erróneo (por exceso, duplicado o sin aporte fiscal), directamente con la Institución en la que se prestó el servicio que dio origen a la factura.
¿Qué es o qué permite?
Permite a las instituciones declarar y reintegrar los pagos que hayan realizado en exceso, duplicado o sin aporte fiscal a sus proveedores por servicios recibidos. Esto aplica específicamente a aquellas transacciones que han sido previamente informadas para el proceso centralizado de pago de facturas, esto permite efectuar el respectivo reintegro a arcas fiscales.
¿A quién está dirigido?
A las Instituciones públicas o áreas transaccionales adscritas en la Plataforma de Pago Automatizado (PPA) de la Dirección de Presupuesto (DIPRES).
¿Cómo realizar la declaración?
Ingresa al trámite, busca las facturas a declarar, se debe informar la fecha de pago de la institución, el monto pagado al proveedor, así como también el motivo de la declaración, es decir, si corresponde a un pago duplicado, en exceso o sin aporte fiscal.
¿Cómo realizar el reintegro?
Ingresa al trámite, busca o selecciona las facturas (declaradas) a reintegrar y luego paga en línea. Debes contar con los permisos necesarios y tu ClaveÚnica o Clave Tributaria.
¿Eres proveedor del estado?
Debes gestionar el reintegro del pago erróneo directamente ante la institución a la cual se prestó el servicio facturado.
Puedes revisar más información en el Centro de Ayuda