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Solicitar Nulidad del Embargo
¿Qué es o qué permite?
Que las personas demandadas por el Servicio de Tesorería, sus representantes legales o apoderados, soliciten nulidad del embargo cuando sea pertinente. Esta solicitud no puede ser realizada por un tercero. Si un tercero está relacionado con el embargo trabado sobre bienes, deberá oponer una tercería ante el Tribunal Civil pertinente, en la segunda etapa del proceso de cobro.
¿A quién está dirigido?
Personas naturales o jurídicas.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Documentos Obligatorios:
Si trámite se realiza en forma presencial:
- Si es persona natural representada por un tercero o persona jurídica debe acompañar
poder suficiente para realizar el trámite.
Documentos Opcionales
Documentación que aporte antecedentes a la solicitud
¿Qué vigencia tiene?
El trámite está disponible durante todo el año.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Internet y de forma presencial.
Puedes revisar el paso a paso en el Centro de Ayuda