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Solicitud Entrega de Dineros al Acreedor de Consignación Por Deudas Morosas Entre Terceros
¿Qué es o qué permite?
Permite solicitar a la Tesorería General de la República (TGR) que reembolse el dinero depositado a su nombre, por consignación u oferta de pago.
¿A quién está dirigido?
Personas naturales o jurídicas beneficiarias de una consignación depositada en la Tesorería General de la República (TGR).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Estar registrados como titulares de un depósito de una consignación u oferta de pago.
- Si el trámite es realzado por el interesado:
- Cédula de identidad vigente (original y fotocopia).
2. Si el trámite es realizado por un tercero:
- Cédula de identidad vigente del contribuyente y del mandatario (original y fotocopia).
- Poder notarial que faculta a un tercero a realizar el trámite.
3. Si el trámite es realizado por el representante legal:
- Tarjeta RUT del contribuyente (original y fotocopia).
- Cédula de identidad vigente del representante legal (original y fotocopia).
- Fotocopia legalizada de la escritura pública de constitución de la empresa, la cual debe contener:
- Razón social de la empresa
- Identificación y RUT del representante legal. Debe especificar que el representante legal se encuentra autorizado para efectuar esta gestión.
- Lugar donde se extendió la escritura pública, fecha en que fue otorgada, firma y timbre del notario que la autorizó.
- Certificado de vigencia original de la escritura pública.
4. Si el trámite es realizado por una persona distinta del representante legal:
- RUT vigente del contribuyente (original y fotocopia).
- Cédula de identidad vigente del representante legal y del mandatario (original y fotocopia).
- Fotocopia legalizada de la escritura pública, con el propósito de verificar que el representante legal se encuentra facultado para delegar a uno o más mandatarios la ejecución del trámite.
- Certificado original de vigencia de la escritura pública.
- Carta poder otorgada ante notario que contenga:
- La identificación y RUT del representante legal.
- La identificación y RUT del mandatario, además de especificar que se encuentra autorizado para efectuar el trámite.
- La firma del representante legal (mandante).
- El lugar donde se extendió el poder, fecha en que fue otorgado, y firma y timbre del notario.
¿Qué vigencia tiene?
Tres años para retirar los fondos. En caso contrario, éstos son transferidos a las arcas fiscales.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Internet y de forma presencial.
Puedes revisar más información en el Centro de Ayuda